El COAG se persona en el procedimiento ordinario 4008/2017, tramitado en el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, en defensa de los intereses generales de la profesión de arquitecto

29 maio 2017

El procedimiento judicial ha sido iniciado por el recurso contencioso-administrativo presentado por el Colexio Oficial de Enxeñeiros Industriais de Galicia en impugnación del artículo 85 del Reglamento de la Ley del Suelo de Galicia.

El día 18 de abril de 2017 se recibe comunicación de la Consellería de Medio Ambiente mediante el que se notificaba al COAG, en condición de interesado, la interposición de recurso contencioso-administrativo -P.O 4008/2017- por el Colexio Oficial de Enxeñeiros Industriais de Galicia contra el artículo 85 del Decreto 1243/2016, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, confiriendo al COAG el plazo para personarse en los autos ante el órgano judicial.  El procedimiento judicial se está sustanciando en el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.

El Colexio Oficial de Enxeñeiros Industriais de Galicia impugna dicho artículo 85 del Reglamento por cuanto dispone en su apartado 1 que “La redacción de los instrumentos de planeamiento urbanístico se efectuará por facultativos o facultativas con la correspondiente titulación universitaria (artículo 51.1 de la LSG). A tal efecto, deberán ser redactados por personas o equipos multidisciplinares que serán o en los que al menos un miembro de los mismos deberá ser, arquitecto o arquitecta o ingeniero o ingeniera de caminos, canales y puertos, o tendrá el grado en arquitectura o ingeniería de caminos, canales y puertos”.

El colegio recurrente, además de una serie de alegaciones de tipo formal en relación al procedimiento de elaboración del texto normativa, afirma como alegaciones de fondo, que dicha disposición reglamentaria se extralimita y que vulnera el principio de reserva de ley ya que “una reserva de actividad únicamente puede hacerse mediante una norma con rango de ley y no una norma reglamentaria” y que dicha regulación reglamentaria está causando perjuicios al colectivo de los Ingenieros Industriales que están siendo excluidos ya de algunas licitaciones para la elaboración de instrumentos de planeamiento de desarrollo.

El Colexio Oficial de Arquitectos de Galicia ha procedido a nombrar abogado y procurador y se ha personado en dicho procedimiento judicial para actuar en defensa de los intereses generales de la profesión y de su ámbito competencial. Por diligencia de 3 de mayo de 2017, el COAG ya es parte en dicho procedimiento.

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